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Plan de Alquiler Garantizado PDF Imprimir E-mail
Escrito por bufeteae   
Sábado, 24 de Enero de 2009 20:49

Alquile con garantías: Plan de Alquiler Garantizado

Modelos disponibles en nuestras oficinas. "impreso oficial de Garantia de Alquiler". Coste 42€

Telf. 91 579 5039

  • Pago y actualización de las rentas o mensualidades.
  • Pago de gastos por servicios y suministros.
  • Daños producidos por mal uso en el inmueble o sus enseres.
  • Renovación de Aval Bancario.
  • Recuperación inmediata si se incumple el contrato.
  • Realización de obras no consentidas.
  • Cesión o subarriendo no consentido.

El impreso oficial de Garantía de Alquiler® y la Línea de Asesoramiento Gratuito sobre arrendamientos son las principales medidas desarrolladas por Plan de Alquiler Garantizado para poner en disposición del ciudadano las herramientas adecuadas que permitan el necesario impulso del mercado de alquiler en nuestro país. Respecto a Garantía de Alquiler® cualquier ciudadano puede acceder, sin requisitos ni condiciones previas al tipo de alquiler realizado, adjuntando dicho impreso a los contratos de arrendamiento para que en caso de problemas durante el período de alquiler tanto propietario como inquilino puedan obtener justicia firme en el marco de un sistema jurisdiccional específico para arrendamientos impulsado por la Corte de Arbitraje. Asimismo, cualquier ciudadano puede solicitar información sobre arrendamientos y Garantía de Alquiler® llamando a la Línea de Asesoramiento Gratuito. Telf. 915795039

 

Para adherirse al PNAG es imprescindible adquirir la Garantía de Alquiler®, un convenio arbitral compuesto de dos hojas autocopiativas que, inscrito en el Registro Central de Condiciones Generales de Contratación del Ministerio de Justicia, se firma como anexo al contrato de arrendamiento sin necesidad de introducir ninguna cláusula específica.  La Garantía de Alquiler® garantiza a propietarios e inquilinos que su contrato de alquiler se cumpla íntegramente mediante procedimientos rápidos y especializados en arrendamientos, que se tramitan con sencillos modelos de escritos sin tener que personarse ni necesitar abogado ni procurador. El coste único de la Garantía de Alquiler® es de 52 euros y su validez abarca todo el período de duración del alquiler así como sus posibles prórrogas, sin necesidad de registrarla ó renovarla. Puede adjuntarse a un contrato de arrendamiento ya vigente.

 

De este modo, las partes firmantes de cualquier contrato de arrendamiento deciden voluntariamente que, en caso de incumplimiento del referido contrato, sea la Corte de Arbitraje Económico de Derecho y Equidad -como Organismo Arbitral- la que aplique el sistema arbitral para obtener justicia firme.
Las principales ventajas que ofrece la utilización de la Garantía de Alquiler® son las siguientes:

  • Efectividad: se garantiza que se dicta sentencia arbitral, que tiene el mismo valor que una sentencia firme, no recurrible y de obligado cumplimiento.
  • Economía: no son necesarios abogado ni procurador, no es necesaria provisión de fondos y en caso de incumplimiento la parte condenada paga las costas de procedimiento, que en todo caso ascienden a 90 euros, además de los gastos de notificaciones que ascienden aproximadamente a 55 euros.
  • Sencillez: todos los términos y fases del procedimiento son claros y con un lenguaje sencillo.
  • Comodidad: el procedimiento, en caso de producirse, se realiza por escrito y mediante pruebas documentadas sin necesidad de realizar ningún desplazamiento.
  • Rapidez: en un promedio de tres meses se recupera la disponibilidad del inmueble arrendado.

La Garantía de Alquiler® es válida para todo tipo de contrato de arrendamiento (vivienda permanente, por temporada…) y para todo tipo de bien inmueble de naturaleza urbana (vivienda, local, oficina, nave, plaza de garaje, trastero…) Es un impreso con dos hojas en papel autocopiativo: en la parte anterior se recoge la dirección del inmueble y datos del arrendador y arrendatario;  la parte posterior recoge el clausulado del convenio arbitral al que se someten. Deben firmarlo todas las partes que intervienen, incluidos avalistas, con la firma del DNI. Una vez firmada cada parte se queda con una copia y la adjunta al contrato de arrendamiento. No hay que renovar ni registrar, sólo en caso de incumplimiento se ponen en contacto con la Corte de Arbitraje y los servicios jurídicos le atenderán.

 

Tanto arrendador como arrendatario pueden reclamar ante la Corte de Arbitraje el cumplimiento de todo aquello estipulado en el contrato de arrendamiento que se encuentre contemplado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), en especial:

  • Pago y actualización de las rentas o mensualidades
  • Pago de los gastos que correspondan por servicios y suministros.
  • Daños producidos por mal uso en el inmueble o sus enseres
  • Renovación de aval bancario (en el caso de haberlo)
  • Recuperación inmediata del inmueble si se incumple el contrato
  • Realización de obras no consentidas
  • Cesión o subarriendo no consentido

El coste que solamente tiene que satisfacer el condenado en la sentencia arbitral es de 90€ de costas y 55€ de gastos por notificaciones administrativas. No existe ningún otro importe que abonar a la institución arbitral o al PNAG. Puesto que, si se llega a la fase de ejecución forzosa (siempre y cuando el condenado no cumpla la sentencia arbitral dentro del plazo concedido) es preceptiva la intervención de abogado y procurador La Corte de Arbitraje Económico de Derecho y Equidad, como parte de su aportación a solucionar el problema del alquiler y procurar la justicia más gratuita posible para el ciudadano y el profesional, proporciona y asume los costes de estos profesionales a todo aquel que lo solicita en el impreso de reclamación de manera que no tenga que desembolsar innecesariamente ningún importe adicional.
El ámbito de actuación de la Corte de Arbitraje comprende todo el territorio nacional, y conforme a la Ley de Arbitraje 60/2003 opera con sus servicios arbitrales en cada una de las comunidades autónomas donde se requiera la intervención de la Institución Arbitral.

 

Para adquirir la Garantía de Alquiler® solo es necesario acudir a nuestra oficina homologada al PNAG y solicitar, sin ningún compromiso, la obtención del documento. Línea de Asesoramiento Gratuito sobre arrendamientos donde le facilitaremos de la mano de profesionales inmobiliarios donde podrá adquirir dicho documento.

Modelos disponibles en nuestras oficinas.

Telf. 91 579 5039

 

Última actualización el Viernes, 03 de Septiembre de 2010 17:53
 

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